El Senado aprobó el martes 13 de octubre la reforma a la Ley Aduanera, que ya había pasado por la Cámara de Diputados. El cambio de mayor alcance para quien importa y mueve mercancía es que la autoridad podrá aplicar un embargo precautorio por presunta subvaluación sin que la diferencia de valor llegue al 50%, el umbral que exigía la ley hasta ahora. La minuta se envió al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial y entrará en vigor el 1 de enero de 2027.
Las cifras de la votación varían según la etapa. En lo general hubo 66 votos a favor, 37 en contra y una abstención, según La Razón y El Universal; en lo particular, 66 a favor y 34 en contra, la cifra que reportan El Economista y El Financiero. La reforma toca seis artículos de la ley.
Qué cambia en la aduana
Además de eliminar el umbral, la reforma fija cómo se libera la mercancía retenida. Si la presunta subvaluación supera el 20%, el importador solo podrá sustituir el embargo con un depósito en efectivo por los impuestos que correspondan a la diferencia entre el valor declarado y el que la autoridad toma de mercancías similares. Por debajo de ese 20% podrá usar una cuenta de garantía aduanera. Si la resolución le es favorable, se libera la garantía o se devuelve el dinero, explicó el presidente de la Comisión de Hacienda, Miguel Ángel Yunes Márquez (Morena), quien aclaró que una diferencia de valor no basta por sí sola para acreditar una infracción.
Para hidrocarburos y petrolíferos, la reforma agrega multas de 50% a 100% del valor comercial de la mercancía cuando haya información inexacta, incompleta o falsa en documentos, declaraciones o transmisión electrónica. Es la parte dirigida al huachicol fiscal, el caso que llevó a prisión preventiva al llamado Capitán Sol, señalado como pieza de esa red en las aduanas.
El senador Manuel Huerta (Morena) dio la cifra con la que el oficialismo justificó el cambio: entre 2025 y agosto de 2026, 2.541 operaciones evitaron el embargo por no llegar al 50% de diferencia, con un valor comercial estimado en 1.586 millones de pesos. Él mismo precisó que ese monto no equivale a impuestos evadidos ni prueba delitos.
Las reglas que faltan
El texto deja para después lo que más le importa al operador. El segundo transitorio encarga a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) definir por disposiciones administrativas qué mercancías, con qué procedimiento y con qué porcentajes se activará el embargo. Hasta que se publiquen, agentes aduanales, importadores y transportistas no sabrán qué embarques quedarán retenidos.
Ahí se concentró la crítica de la oposición. La senadora Imelda Sanmiguel (PAN) dijo que el dictamen llegó un día antes de la discusión y que las mesas de trabajo prometidas a los agentes aduanales tras una reunión del 23 de septiembre nunca se hicieron. Advirtió de retrasos, más gastos de almacenaje y falta de liquidez para pequeñas y medianas empresas con carga detenida. Carolina Viggiano (PRI) respaldó el combate al contrabando, pero rechazó que la autoridad decida después, “mediante reglas administrativas, a quién embarga, cómo lo embarga y bajo qué porcentaje”. Su compañero Mario Vázquez Robles (PAN) sostuvo que esa discrecionalidad abre la puerta a la corrupción.
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Fuentes: La Razón, El Economista, El Universal, El Financiero.
Foto ilustrativa: distelAPPArath







